En el presente artículo vamos a tratar de explicar si es legal o no que te despidan estando de baja médica. Nuestra intención es que sepas cómo debes actuar en el caso de que la empresa con la que mantienes una relación laboral decida despedirse mientras te encuentras de baja.
Para ello, en este artículo vamos a hablar de lo que puede suceder en los distintos escenarios que se pueden dar en caso de que te despidan mientras estás de baja y esta esté perfectamente justificada por motivos de salud. Si tienes dudas al respecto, te recomendamos continuar leyendo.
¿Qué hacer en caso de despido por baja laboral?
Lo primero que debemos tener en cuenta es que despedir a un empleado mientras este se encuentra de baja es perfectamente legal, pese a que, popularmente se cree que es ilegal. Es decir, aunque la legislación española garantiza el derecho a la salud y un despido no puede realizarse únicamente por este motivo, lo cierto es que sí, es legal, si el motivo o causa del mismo tiene lugar por un motivo diferente.
Es decir, el motivo del despido no puede ser exclusivamente el hecho de que el empleado se encuentre de baja por incapacidad temporal, sino que debe existir otro motivo de peso que justifique el mismo. De hecho, para proteger a los trabajadores, la legislación contempla que, si no existe ningún otro motivo, el despido es nulo.
No obstante, también es cierto que la persona afectada debe reclamar la nulidad del mismo, ya que las únicas personas que pueden declarar el despido como nulo es un juez. Por ello, es necesario recurrir un despido por baja laboral por la vía judicial, aunque antes debes acudir al SMAC para agotar la vía de conciliación.
¿Se puede producir un despido estando de baja por accidente laboral?

Al igual que en el caso anterior, debemos decir que, rotundamente, sí y exactamente con las mismas condiciones que en el caso de baja laboral. De este modo, en caso de baja por accidente laboral, un empresario no puede despedir a un empleado únicamente por este motivo. Por esta razón, subrayamos que el motivo de despido por baja laboral es un asunto vital en estos casos.
No obstante, la empresa puede alegar que el despido se produce por otras causas y, si logra demostrar que está en lo cierto, el despido será procedente. De no ser así, el despido podrá ser calificado como despido nulo. Asimismo, el tipo de contrato que se haya firmado no afecta al resultado, ya sea temporal o indefinido. Por ello, en este caso, el trabajador tiene derecho a reclamar que el despido sea declarado como nulo por la vía judicial.
¿Qué ocurre si el despido estando de baja laboral es declarado nulo?
En el caso de que el empresario no pueda probar debidamente que el trabajador ha sido despedido por otro motivo al margen del hecho de estar de baja, como hemos comentado, el juez puede declarar la nulidad del mismo. Cuando esto ocurre, se producen dos consecuencias.
La primera de ellas es la readmisión y reincorporación del trabajador en el mismo puesto de trabajo y con las mismas condiciones.
Del mismo modo, la empresa debe pagar los salarios de tramitación, que se corresponden a los que ha dejado de percibir desde la fecha del despido hasta el fin del proceso judicial y reincorporación en su puesto de trabajo. Además, también es posible reclamar una indemnización por daños y perjuicios al mismo tiempo que este se es readmitido en la empresa, especialmente, si el trabajador puede aportar pruebas sólidas y cuenta con el asesoramiento adecuado por parte de un profesional especializado en Derecho Laboral.
Baja laboral y despido: ¿Quién paga?
Si te encuentras en el caso de que te han dado la carta de despido estando de baja, debes saber que, con independencia de que reclames el despido o no, podrás seguir cobrando la prestación por baja médica hasta que te den el alta médica.
¿TE HAN DESPEDIDO ESTANDO DE BAJA?
Te ayudamos a reclamar la nulidad del despido por causa injustificada estando de baja. Contacta con nosotros sin compromiso y solicítanos información.
Despido estando de baja por enfermedad común
En el caso de que el despido se produzca cuando estás de baja por enfermedad común o accidente no laboral, el organismo encargado de realizar los pagos mensuales de la prestación de baja médica tras el despido será la Seguridad Social (o la Mutua si la empresa tiene cubiertas las contingencias comunes con una Mutua Laboral).
En este caso, seguirás cotizando a la Seguridad Social, pero debes tener en cuenta que consumirás la prestación por desempleo, de tal manera que de la prestación por desempleo que te corresponda se descontará el tiempo que hayas estado de baja médica tras el despido.
Si no tuvieras derecho a prestación de desempleo, la Seguridad Social te abonará una cantidad equivalente al 80% del IPREM hasta que te den el alta médica, si bien en este caso no cotizarás a la Seguridad Social.
Baja por accidente laboral y despido
Otro escenario se da en el momento en que la causa de la baja médica ha sido un accidente laboral o una enfermedad profesional. En este caso, no será la Seguridad Social el organismo que se encargue de realizar los pagos mensuales, sino la mutua. En este caso, cuentas con un par de beneficios, ya que el tiempo que cobras el paro no se va consumiendo y el importe no se reduce en ningún momento. No obstante, en esta situación también tiene una parte negativa, ya que no cotizas a la Seguridad Social mientras dure la baja.
¿Se puede producir un despido por viajar estando de baja?
Este es uno de los puntos que más polémica puede generar y donde más desconocimiento existe por parte de la población en general. Lo cierto es que no hay una respuesta cerrada, ya que depende de la situación. De esta forma, si estás de baja, debes acudir al médico de cabecera para que autorice si te encuentras en condiciones o no para realizar dicho viaje.
En este caso, si el médico no ve problema, no deberías tener ningún problema ni con la empresa ni con ninguno de los organismos que realizan los pagos de tu baja médica, como la Seguridad Social o la mutua. Si el empresario con quien mantienes una relación laboral decide darte la carta de despido en este caso, tienes derecho a reclamar contra el despido.
No obstante, si tu médico ha decidido que no puedes realizar el viaje por motivos de salud o decides no acudir a su consulta para que te autorice, lo cierto es que sí que puedes tener problemas. Por este motivo, te recomendamos que actúes “con cabeza” en estos casos, ya que las consecuencias pueden ser bastante graves para ti.
¿Cómo debes actuar en caso de despido por baja laboral?

Lo primero que debes saber es que el despido se puede producir, aunque es una maniobra de riesgo para la empresa. No obstante, en caso de que te envíen una carta de despido mientras tiene lugar la baja por incapacidad temporal, debes firmar los papeles del despido escribiendo que no estás conforme al lado de la firma. De esta manera, podrás dejar abierta la posibilidad de reclamar la nulidad del mismo.
A partir de este momento, lo primero que debes hacer es interponer una papeleta de conciliación en el SMAC (Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación). No obstante, también puedes acudir a un abogado especializado en Derecho Laboral para que éste realice el trámite.
Una vez en el SMAC, podrás tratar de llegar a un acuerdo con la empresa para evitar el proceso judicial en un acto de conciliación. De no llegar a un acuerdo, deberás reclamar, ahora sí, por la vía judicial, interponiendo una demanda. Por ello, como hemos comentado anteriormente, creemos que es vital que cuentes con un buen abogado especialista en Derecho Laboral.
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29 comentarios en «DESPIDO ESTANDO DE BAJA: TODO LO QUE NECESITAS SABER Y QUÉ HACER»
Hola! Me sacaron del chat del grupo de la empresa, hoy por la mañana me llego el sms de tramitada fecha de baja en la empresa para la que trabajo.
Estoy de baja hasta el viernes esperando hablar con un psiquiatra ya que es por depresión. Que debo hacer en este caso? Estoy despedido y no voy a cobrar mi sueldo?
Buenos días. En principio, la tramitación de su baja en la Seguridad Social implica que la empresa ha extinguido su contrato (salvo que le indiquen lo contrario), por lo que podríamos estar ante un despido tácito. Nuestra recomendación es que revise el caso con un abogado para que le indique las posibilidades que tiene de impugnar la decisión de la empresa, ya que, si estaba de baja médica, podría ser incluso un despido nulo dependiendo de las circunstancias concretas. Quedamos a su disposición en info@abogadosduran.com. Un saludo.
Llevo 16 meses trabajando en una empresa de hostelería,me di de baja médica para una operación,cuando me iba incorporar me dijo el día ante que mi horario sería distinto,estuve esos 16 meses con el mismo horario,es legal cambiarme el horario y el puesto de trabajo q estaba realizando ante de darme de baja.
Buenas tardes. Si el cambio realizado por la empresa supone una variación sustancial de su horario y categoría entonces estaríamos ante un caso de modificación sustancial de las condiciones de trabajo y podría recurrirse ante los Juzgados de lo Social (el plazo para interponer este tipo de demanda es de 20 días hábiles). Un saludo.
Buenas me han dado de baja médica,y a los cuatro días me están pidiendo que vaya a firmar mis papeles del despido ,dice mi jefe que tengo que ir a firmar es legal?
Buenos días. Estando de baja médica no tiene por qué acudir a la empresa, de tal forma que si la empresa quiere comunicarle su despido puede hacerlo a través de burofax enviado a su domicilio. Además, si le despide por el hecho de estar de baja médica el despido podría ser nulo. Un saludo.
Buenos días el 13 agosto cumplía 18 meses It y recibí sms conforme la empresa me daba de baja en la seguridad social , me han enviado lo que parece una nómina con PP de paga doble y vacaciones, no he firmado nada, pensaba que el contrata quedaba en suspensión, entiendo entonces que es un despido ? Muchas gracias
Buenos días. A partir de los 545 días de la baja médica la empresa no tiene obligación de cotizar por el trabajador, por lo que puede tramitar su baja en la Seguridad Social. Ahora bien, el contrato no se extingue sino que se suspende, por lo que habría que analizar la documentación que la empresa le ha entregado para determinar si están realizando un despido o solo la suspensión legalmente establecida en estos casos. Puede remitirnos la documentación entregada por la empresa a info@abogadosduran.com para que estudiemos su caso. Quedamos a su disposición. Un saludo.
Buenas, si me despiden estando de baja y no quiero reclamar a la empresa, que tendría que hacer para cobrar la baja de la mutua o seguridad social? Es posible si no reclamo la nulidad?
Muchas gracias
Buenos días. Para cobrar la prestación por la baja médica tras el despido tendrá que solicitar el pago directo de la prestación de incapacidad temporal a la mutua o al INSS (dependiendo de con quién tenga cubiertas la empresa las contingencias comunes). Sí puede solicitar el pago directo de la prestación de IT aunque no impugne el despido ni solicite la nulidad. Un saludo.
Hola. Me llamo Pablo, realizando mi trabajo pedí ir al médico al no encontrarme bien (faltaban dos horas para finalizar mi jornada), si bien me permitieron ir al enviar el justificante de asistencia y la doctora me dió la baja a partir del día siguiente. Lo comunicarlo a la empresa, y me han contestado diciendo q no volviera. Si bien la doctora me ha tramitado la baja con fecha 14/11/2024, me ha llegado un sms de la seguridad social habiéndose tramitado la baja en la empresa el día 13/11/2024.
Qué puedo hacer?, tengo agotado el paro
Buenos días. Tendríamos que revisar la documentación y las horas exactas de cada acontecimiento para determinar si es o no viable acreditar que le han despedido por el hecho de acudir al médico y solicitar la baja médica y obtener la nulidad del despido (que implicaría la readmisión a su puesto de trabajo con abono de los salarios de tramitación y una posible indemnización por daños y perjuicios). Para que estudiemos su caso en profundidad puede contactarnos a través del correo electrónico info@abogadosduran.com. Quedamos a su disposición. Un saludo.
Buenas tardes, llevo de baja 14 meses por enfermedad común,ya estoy en manos del INSS ,nos comunica la empresa a todos los trabajadores que va hacer un despido colectivo por qué nos hemos quedado sin el único cliente que teníamos.
Mi pregunta es¿Que debo hacer?
¿El despido sería igual que mis compañeros?
¿Me pagarían 20,30 o xxxx días por año?
Muchas gracias.
Buenos días. Dado que usted forma parte de la plantilla aunque esté en situación de baja médica, la empresa tendrá que aplicarle también a usted el despido colectivo. La indemnización en caso de despido colectivo es de 20 días por año (salvo que se negocie con la empresa una indemnización distinta). Quedamos a su disposición. Un saludo.
Hola estoy de baja médica x una recaída de mi enfermedad y me están llamando insistentemente de mi empresa pq mis jefes quieren q les vallan a pedir la baja y ellos darme toda la documentación para q valla al paro q debo hacer en este caso
Buenos días. Durante la baja médica la empresa no debería contactar con usted, por lo que no tendría por qué atender el teléfono. Igualmente, no tiene por qué firmar ninguna baja en la empresa porque está en situación de baja médica. Un saludo.
Buenos días
Me quejé de que unos compañeros me trataban mal y mi jefe me dijo que si no estaba bien me despedía. Llevo trabajando casi 2 años y estaban contentos con mi trabajo.
Cuando me dijo eso, me dió un ataque de ansiedad, estaba en mi día libre y fui a urgencias, me han dado la baja a día de ayer. Hoy me manda la documentación de despido improcedente por correo. Debo firmarlo?
Cómo es eso que si te tratan mal dos personas en el trabajo y te quejas a tu jefe, te echan a la calle haciendo bien tú trabajo?
Estoy en shock.
Buenos días. Si la empresa ha decidido despedirle no puede evitar esa decisión, pero la documentación que le entreguen puede firmarla indicando «no conforme». Y, después, tendría que remitirnos la documentación para que valoremos qué se puede reclamar. Porque despedir a una persona después de quejarse de los compañeros y por estar de baja médica puede ser constitutivo de despido nulo, por lo que tendríamos que valorar el caso en detalle. Quedamos a su disposición. Un saludo.
Hola, mi nombre es Alberto.
Tengo un contrato fijo discontinuo, estoy en situación de IT por contingencias comunes desde el pasado 1 de octubre, el 20 del mismo mes finalizó la campaña.
Estoy cobrando el 75% de la base de cotización de mi último llamamiento , éste fue inferior a 3 Meses.
La cuestión es la siguiente:
Mi empresa va a ser vendida a un tercero, aunque sea del mismo sector, va a prescindir de mucho personal, pues recortará servicios q se ofrecían hasta ahora. Incluso se instalarán máquinas de vending,( hotelería).
El despido podría ser procedente?
No hay razones económicas, la empresa económicamente va bien .
Podría ser un despido nulo?
Gracias
Buenas tardes. La calificación de un despido como procedente, improcedente o nulo depende de los motivos que alegue la empresa en la carta de despido y de si esos motivos son o no reales y justificados. Asimismo, para que el despido sea nulo debería acreditarse que el motivo del despido es que está en situación de baja médica. Quedamos a su disposición. Un saludo.
Hola, mi nombre es Alberto.
Tengo un contrato fijo discontinuo, estoy en situación de IT por contingencias comunes desde el pasado 1 de octubre, el 20 del mismo mes finalizó la campaña.
Estoy cobrando el 75% de la base de cotización de mi último llamamiento , éste fue inferior a 3 Meses.
La cuestión es la siguiente:
Mi empresa va a ser vendida a un tercero, aunque sea del mismo sector, va a prescindir de mucho personal, pues recortará servicios q se ofrecían hasta ahora. Incluso se instalarán máquinas de vending,( hotelería).
El despido podría ser procedente?
No hay razones económicas, la empresa económicamente va bien .
Podría ser un despido nulo?
Gracias
La única razón q hay es, no cotizar por mi y no abonarme el 25% para completar el 100 % de la base de cotizacion.
Buenos días.
Me notifica mi empresa, apertura de expediente contradictorio, por una supuesta falta muy grave (incumplimiento del rendimiento u objetivos pactados, así como una clara actitud pasiva y desinteresada).
Todo esto me lo notifica por mail, al día siguiente de estar de baja por enfermedad común.
Ya he recibido el mismo texto por burofax. Me dan 3 días hábiles, para responder al expediente.
Mis preguntas:
El escrito para impugnar el expediente contradictorio, lo puedo enviar a la empresa por mail?
Tengo que presentar papeleta de conciliación ante el SAMA de mi localidad?
La empresa puede despedirme basándose en esa supuesta falta grave, estando de baja?
Muchas Gracias por su tiempo.
Un saludo.
Buenos días. En el plazo que le ha dado la empresa puede dar respuesta al escrito de apertura del expediente contradictorio por las vías que la empresa le haya indicado, y, en todo caso, dejando constancia de que la empresa lo ha recibido. Si lo envía por email sería conveniente que la empresa le confirme que ha recibido su email con la respuesta.
De momento no tiene que presentar papeleta de conciliación porque, salvo que nos indique lo contrario, la empresa aún no le ha despedido. Si finalmente se hace efectivo el despido podrá iniciar la reclamación por despido frente a la empresa.
La empresa podrá despedirla por falta muy grave si las conductas imputadas son ciertas y el convenio colectivo prevé la sanción del despido. Pero si los hechos no son ciertos o la empresa no puede acreditarlos y se demuestra que el motivo del despido es la baja médica podríamos estar ante un despido nulo (habría que valorar las circunstancias concretas del caso para determinar si cabe o no nulidad del despido).
Quedamos a su disposición. Gracias. Un saludo.
Hola, tengo un empleado que a las 2 semanas de ser contratado ha cogido baja por ansiedad y no había ningún motivo aparente sus compañeros nunca han observado ni oído comentarios que muestren indicios y de repente coge la baja por ansiedad y desaparece sin dar señales de vida, compañeros y conocidos la han visto de viaje y en fiestas en el mes que lleva de baja. Como empresa que puedo hacer al respecto, ya que hay indicios de que está fingiendo.
Buenos días. Si existen pruebas suficientes de que la baja médica no es real se le podría realizar un despido disciplinario, pero para ello es necesario analizar primero las pruebas de las que se disponen, para poder defender la procedencia del despido en juicio en caso de que el trabajador reclame. En caso contrario podríamos encontrarnos ante un despido nulo. Si quiere que valoremos el caso en profundidad puede remitirnos un email a info@abogadosduran.com. Quedamos a su disposición. Un saludo.
Buenas noches. Me han despedido por insultos y faltas de respeto a mis superiores y compañeros, por machista y hablar de política en el trabajo.Es totalmente mentira. Siempre me he llevado bien con mis compañeros, he respetado a mis compañeras como mujeres y trabajadoras. Es cierto que con mi jefe he tenido algún encuentro referente al trabajo, pero siempre de una forma cordial para intentar mejorar nuestro servicio. En octubre me propuso a los superiores para que me subieran el sueldo. En noviembre me pidió si conocía a alguien para entrar a trabajar, le pasé dos curriculums y cogieron a uno de ellos.Me dieron un curso de coaching para mandos intermedios (ahora dicen que el curso fue para mejorar mi actitud ante los compañeros).
Vinieron los jefes de la Central y mi superior de Departamento, me pidió que fuera con ellos a cenar (fuimos dos o tres del departamento).
Para trabajar utilizaba el móvil de la empresa con correo electrónico corporativo, obviamente a ese no puedo acceder porque tuve que devolverlo. En mi whatssap sí tengo material.
La pregunta es si se puede conseguir despido nulo.
Buenos días. Para obtener la nulidad del despido es necesario acreditar que se ha producido discriminación por alguna de las razones legalmente previstas (entre otras, raza, sexo, religión, condición de salud -estar de baja médica-, etc), por lo que tendríamos que analizar las pruebas existentes para valorarlo. Puede contactar con nosotros en el email info@abogadosduran.com para que valoremos su caso. Un saludo.
Buenas noches. Me han hecho un despido improcente, indemnizacion y finiquito pero yo estoy de baja. ¿Tengo que dar mi número de cuenta la INSS para que me sigan abonando la baja?
Gracias,
Un saludo.
Buenos días. Tiene que solicitar el pago directo de la prestación de incapacidad temporal. Un saludo.