despido y pago único de la prestación por desempleo

COLABORAR CON TU ANTIGUA EMPRESA TRAS COBRAR EL PAGO ÚNICO DE LA PRESTACIÓN POR DESEMPLEO NO ES FRAUDE

¡CASO DE ÉXITO! ¿Puede el SEPE revocar una prestación por desempleo si el beneficiario colabora después con su antiguo empleador? El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía confirma que para revocar una prestación por fraude el SEPE debe aportar indicios sólidos y suficientes de que hubo simulación del despido o un acuerdo entre empresa y trabajador para generar el derecho a la prestación por desempleo, no siendo suficiente para considerar que existe fraude el hecho de no reclamar contra el despido o de dedicarse a una actividad similar a la del antiguo empleador.

CÓMO RECURRIR UN ACTA DE LA INSPECCIÓN DE TRABAJO CUANDO SE DISCUTE SI EXISTE UNA RELACIÓN LABORAL O MERCANTIL ENTRE LA EMPRESA Y TRABAJADOR

La Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo, publicada en el BOE el 1/03/2023 y en vigor desde el 2/03/2023, ha introducido modificaciones relevantes en el procedimiento a seguir para impugnar las actas de infracción y/o liquidación de cuotas emitidas por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social a las empresas que podrían tener contratados «falsos autónomos».