¡CASO DE ÉXITO!
Estimados lectores,
Hoy compartimos con vosotros un caso de éxito: se trata de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en un caso que llevamos en 2016, por la que se reconoció a nuestra clienta el derecho a percibir la pensión de viudedad pese a que su expareja se había inscrito como demandante de empleo un mes antes del fallecimiento y no a continuación de la finalización del último trabajo.
En este supuesto, pese a que la legislación exige que la inscripción como demandante de empleo se realice a continuación de la finalización del trabajo y se mantenga durante todo el tiempo hasta el fallecimiento, el Tribunal consideró que, estando inscrito como demandante de empleo en la fecha del fallecimiento, no era necesario que lo hubiese estado desde la finalización del último trabajo, basándose para ello en la enfermedad psiquiátrica que sufría; realizando así una interpretación flexible y humanizadora de la normativa.
Os dejamos a continuación la sentencia mencionada:
Esperamos que os sea de utilidad, y os animamos a que contactéis con nosotros a través de nuestro formulario o en los teléfonos 911463607 y 693716540 o la dirección de correo electrónico info@abogadosduran.com
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