Estimados lectores,
A la vista de la publicación en el Boletín Oficial del Estado del Real Decreto-ley 14/2020, de 14 de abril, por el que se extiende el plazo para la presentación e ingreso de determinadas declaraciones y autoliquidaciones tributarias, hoy actualizamos nuestro post del pasado 8 de abril (el cual puedes recordar en este enlace) en lo relativo a la presentación de los impuestos a ingresar a la Agencia Tributaria en el mes de abril de 2020.
Efectivamente, salvo en supuestos excepcionales de grupos fiscales, el mencionado Real-Decreto-ley 14/2020 amplía el plazo de presentación e ingreso de las declaraciones y autoliquidaciones tributarias que debieran presentarse desde hoy hasta el 20 de mayo de 2020:
- Los autónomos y empresas cuyo volumen de operaciones en 2019 fuese igual o inferior a 600.000 euros podrán presentar y abonar los impuestos hasta el 20 de mayo de 2020 (en lugar del 20 de abril de 2020 como estaba previsto hasta ahora), debiendo domiciliarse el pago en caso de que se opte por dicha opción hasta el 15 de mayo de 2020 (en lugar del 15 de abril de 2020).

Pese a que dicho Real Decreto-ley no lo indica expresamente, esta ampliación de plazo ha de entenderse compatible con el aplazamiento de deudas tributarias previsto en el artículo 14 del Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19.
Compartimos también enlaces de la web de la Agencia Tributaria con más información:
Esperamos que os sea de utilidad, y os animamos a que contactéis con nosotros a través de nuestro formulario o en los teléfonos 911463607 y 693716540 o la dirección de correo electrónico info@abogadosduran.com
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