Nuevamente desde Abogados Durán os traemos un CASO DE ÉXITO logrado por nuestro despacho, el cual, mediante la estimación del recurso de suplicación, ha obtenido una incapacidad permanente total para la profesión de jardinero autónomo de nuestro cliente (la cual fue denegada en primera instancia por el Juzgado de lo Social).
Circunstancias del caso particular del autónomo para la incapacidad permanente total
1.- Inicialmente, y tras agotar la duración máxima de su baja médica, el INSS denegó a nuestro cliente la incapacidad permanente por entender que las lesiones que sufría no anulaban su capacidad laboral, así como también porque sus patologías eran crónicas y susceptibles de baja médica temporal en caso de reagudización. Esta resolución del INSS fue recurrida administrativa y judicialmente por nuestro cliente.
2.- El cuadro clínico que presentaba nuestro cliente consistía en un síndrome de amplificación del dolor y posible fibromialgia, además de una artropatía degenerativa acromioclavicular, tendinopatía crónica leve del supra e infraespinoso con pequeña rotura parcial y distal del infraespinoso hombro izquierdo, poliartralgias y hernias discales lumbar y cervicales.
3.- El informe del médico forense afirmó lo siguiente:
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- Que el síndrome de amplificación del dolor y posible fibromialgia sufrido por nuestro cliente le limitaba para realizar actividades que implicasen esfuerzos físicos moderados-intensos, cargar peso, posturas forzadas y movimientos repetitivos de flexo-extensión lumbar y posturas forzadas y que requieran abducción y rotación externa en hombro izquierdo.
- Que esa patología no era permanente ni irreversible, y que era susceptible de mejorar con tratamiento.
- Que, dado que la profesión de jardinero autónomo requiere una media-alta exigencia de carga física y biomecánica de hombro y columna dorsolumbar y el manejo de cargas, nuestro cliente estaba limitado para realizar las tareas esenciales de su trabajo.
- Que nuestro cliente presentaba clínica de dolor crónico generalizado de varios años de evolución con empeoramiento en los últimos cinco años, astenia incapacitante, alteraciones del sueño, parestesias, rigidez y trastorno del ánimo, así como que había seguido tratamiento de segundo y tercer escalón de la escalera analgésica y rehabilitador con escasa mejoría, encontrándose pendiente de descartar patología neurológica que justificase los síntomas para plantear la administración de lidocaína IV por parte de la Unidad del Dolor y de acudir a terapia de grupo.
4.- El Juzgado de lo Social de Madrid que resolvió el asunto en primera instancia desestimó la demanda por considerar que las patologías de nuestro cliente no eran permanentes ni irreversibles porque el informe forense afirmó que no se habían agotado las posibilidades terapéuticas y que podían mejorar con tratamiento.
Recurrir incapacidad permanente total al Tribunal Superior de Justicia de Madrid: el recurso de suplicación
Frente a la desestimación por parte del Juzgado de lo Social de Madrid, nuestro cliente optó por recurrir una incapacidad permanente total interpuesto por Abogados Durán ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, quien estimó el recurso de suplicación laboral contra el dictamen del Juzgado de lo Social, revocó la sentencia y le concedió la pensión de incapacidad permanente total a nuestro cliente para el ejercicio de su profesión como jardinero autónomo. ¿Se puede ganar un recurso de suplicación? A continuación, podéis descargar la Sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid a favor de nuestro cliente:
Sentencia Tribunal Superior Justicia Madrid: ¿En qué se basa para conceder la incapacidad permanente total?
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid estimó el recurso de suplicación interpuesto por nuestro despacho por los siguientes motivos:
- El INSS denegó al trabajador la incapacidad permanente por considerar que sus patologías no le impedían realizar su trabajo como jardinero autónomo y el Juzgado de lo Social la denegó porque las lesiones no eran permanentes ni irreversibles, no pudiendo utilizarse el argumento de que las lesiones son susceptibles de mejoría para determinar si esas lesiones impiden o no al trabajador realizar las tareas propias de su profesión habitual.
- El trabajador agotó la duración máxima de la baja médica y no volvió a trabajar como jardinero autónomo (se dio de baja como autónomo ante la imposibilidad de desarrollar su profesión).
- El médico forense señala que el trabajador estaba limitado para realizar las tareas esenciales de su actividad laboral dado que no podía realizar esfuerzos físicos moderados-intensos, cargar peso, adoptar posturas forzadas y que requieran movimientos repetitivos de flexo-extensión lumbar o abducción y rotación externa del hombro izquierdo.
- El hecho de que el informe forense afirme que las lesiones del trabajador no eran permanentes ni irreversibles no es una circunstancia determinante en la resolución del caso, sino un criterio de la médico forense que no es vinculante para el Tribunal, debiendo el Tribunal ponderar el resto de cuestiones del caso como por ejemplo los antecedentes clínicos, la respuesta a los tratamientos aplicados, la duración de la incapacidad temporal previa, etc.
- La posibilidad de recuperación de la capacidad laboral incierta o a largo plazo no impide la concesión de una incapacidad permanente.
- Excluir de la protección de la Seguridad Social a un trabajador en una situación de necesidad como la de nuestro cliente (ocasionada por su incapacidad para trabajar después de finalizada la duración máxima de la baja médica) vulnera el artículo 9.3 de la Constitución y el artículo 41 de la Constitución Española y, en concreto, la función de sustitución de rentas que cumple la prestación de incapacidad permanente total sin que exista razón justificada para ello.
En definitiva, la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid concluye concediendo a nuestro cliente una pensión de incapacidad permanente total para el ejercicio de su profesión de jardinero autónomo gracias al recurso de suplicación de incapacidad permanente total. El órgano judicial consideró que no pudo trabajar durante todo el periodo de baja médica (desde marzo de 2020 hasta septiembre de 2021) y que en el momento de celebración del juicio (septiembre de 2022) era incierto que pudiese recuperar la capacidad funcional necesaria para prestar servicios como jardinero (ya que, además, se desconocía el resultado de las pruebas neurológicas y la respuesta a un posible nuevo tratamiento). También que sus patologías le impedían realizar las tareas básicas de su oficio porque dicho oficio exige realizar esfuerzos físicos moderados pero continuados, cargar peso y adoptar posturas forzadas. Este es otro de los casos de éxito frente al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, sentencias y recursos estimados a favor del cliente interpuestos por nuestro despacho.
Incapacidad permanente total autónomos: requisitos y otros casos de éxito
Si quieres conocer más sobre los requisitos para obtener una pensión de incapacidad permanente total en autónomos y trabajadores por cuenta ajena, así como los distintos grados y cuantías de la pensión, pincha en los enlaces que indicamos a continuación:
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